La deslealtad constitucional

La utilización del término deslealtad constitucional comporta entrar en un terreno jurídica y doctrinalmente complejo de consecuencias imprevisibles. Es un lugar común referirse a que no somos una democracia militante, porque el conjunto de derechos individuales y libertades públicas amparan posiciones que puedan pretender un cambio radical de nuestro ordenamiento constitucional. Este concepto ha permitido los diferentes modelos de acatamiento de la Constitución que, en ocasiones, son auténticos esperpentos. Por supuesto, quedaban excluidas, hasta la llegada de la proposición de ley de amnistía y la desaparición del delito de sedición, las actuaciones en contra del texto constitucional. La reforma es posible, pero de conformidad a los cauces previstos y no cabía la proclamación unilateral de independencia. Una vez aprobada la proposición de ley se sentará un precedente. La teoría de la democracia militante y el derecho a establecer limitaciones para proteger la democracia está fuertemente influida por lo sucedido en Alemania con la caída de la República de Weimar y el triunfo del nazismo o la marcha sobre Roma de Mussolini, en Italia. Las instituciones fueron utilizadas para que formaciones totalitarias alcanzaran el poder e impusieran regímenes dictatoriales.

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